Los principales puntos de la nueva Ley de Alquileres que obtuvo media sanción en Diputados

La iniciativa modifica la duración de los contratos, la periodicidad y el mecanismo de la actualización de los precios, y genera incentivos para los propietarios.

Este miércoles la Cámara de Diputado dio media sanción al proyecto de reforma a la Ley de Alquileres que había sido sancionada en 2020. La iniciativa, que deberá ser tratada por el Senado, reduce el plazo de los contratos de 3 a 2 años y establece que la actualización de los montos pueda ser cada cuatro meses en base a un índice pactado entre las partes.

El proyecto obtuvo 125 votos a favor de las bancadas opositoras y 112 votos en contra de los cuales 99 fueron aportados por el Frente de Todos (FDT), 4 por la izquierda, 3 libertarios y 2 del interbloque Federal; mientras que 3 legisladores se abstuvieron de votar (2 socialistas y una legisladora del FDT).

Los principales puntos de la nueva iniciativa

– Duración de los contratos de dos años.

– Periodicidad para la actualización de precios cuatrimestral: “En los contratos de locación de inmuebles con destino a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes y por intervalos no inferiores a 4 meses”.

– Mecanismo de actualización libre, a acordar entre las partes: “Para los ajustes, las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden”.

– Incentivos fiscales para promover la oferta de inmuebles en alquiler: Reforma del régimen de monotributo para que quienes tengan hasta tres unidades de explotación, “en el caso de la actividad de locación de inmuebles, mediante contratos debidamente registrados” se considere como “una sola unidad de explotación independientemente de la cantidad de propiedades afectadas a la misma”.

– Se exime de Bienes Personales a los inmuebles destinados a alquiler

– Se modifica el impuesto a los débitos y créditos bancarios para que estén exentas aquellas cajas de ahorro o cuentas corrientes “utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados”.

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